Pablo Díaz tenía 22 años. Constanza Morales 28. Ella egresada de Derecho. Él, estudiante de tercer año de Ingeniería Comercial. Ambos de la Universidad de Antofagasta (UA). No es lo único que tuvieron en común: Los dos fueron víctimas de la imprudencia al volante de conductores irresponsables. Y en ambos casos, a pesar de las evidentes pruebas en su contra, la medida cautelar contra los responsables es la misma: Arraigo nacional y firma mensual.
Lo que parece ser una coincidencia a mi juicio nunca lo es. Constanza fue atropellada el sábado 1 de mayo, mientras paseaba a su perro en la franja horaria deportiva. La responsable: Una mujer de 52 años que se da a la fuga, sin dar ayuda a la víctima, quien es retenida por otros conductores.
Como ocurre en estos casos, los victimarios tienen más derechos que las víctimas, lo que nos impide conocer el nombre de una mujer con una evidente falta de humanidad, tan egoísta que abandona a quien hirió para evitar el castigo. Y nuestra justicia es tan eficiente que lo logra. Hoy esa persona con total falta de compasión camina libre con la única molestia de acercarse a una comisaría 1 vez al mes. El arraigo nacional es una burla por sí misma en la actual pandemia que mantiene las fronteras cerradas.
La historia de Pablo no es muy diferente. Cerca de las 15 horas del 8 de febrero el joven es chocado por un vehículo a exceso de velocidad. Un Toyota Yaris conducido por un conscripto de 19 años, quien –aseguran los testigos- estaba bajo los efectos del alcohol y en vez de ayudar a su víctima, la mueve para luego huir a esconderse al regimiento. Ahí espera 5 horas antes de aceptar que le hagan la alcoholemia. Igual que con Constanza, la obvia intención de evitar el castigo tiene como resultado eso, evitar el castigo. Su legítimo derecho también nos impide conocer y divulgar su nombre, y su medida cautelar es la de arraigo nacional y firma mensual. Qué coincidencia, ¿no?
Hoy las familias de Pablo y Constanza deben esperar 100 días. 100 días para la investigación, dice la Fiscalía. La misma Fiscalía que no investiga los delitos de violación a los Derechos Humanos durante la Revuelta Social, pero que sí investiga y formaliza a los mismos jóvenes cuyas denuncias no investiga. La misma Fiscalía que pone profunda atención a delitos que atentan contra la propiedad y no a esos que atentan contra la vida.
Yo me pregunto: ¿Si en vez de estar en avenida Salvador Allende hubiese sido Travesía del Cerro y en vez de una mascota de casa se tratara de un perro de competición asegurado, la medida cautelar contra la imputada por el atropello de Constanza sería la misma? ¿Y si en vez de un Susuki Alto conducido por un repartidor hubiese sido un BMW con el hijo de un gerente de minera, el hoy ex-conscripto que chocó a Pablo estaría también sin ningún castigo?
Sólo los invito a reflexionar. Y a acompañar a esas familias. Cada vez que marchen por Pablo, cada vez que griten por Constanza. Hasta que la justicia deje de hacerse la sorda. Porque es así. La Ley Emilia es clara y establece penas de cárcel a quien conduzca bajo los efectos del alcohol y cause lesiones o muerte. Y establece también como delito el huir del lugar y el no prestar ayuda a las víctimas. Pero ya lo dije, aquí la justicia es sorda, no importa cuánto le gritemos al oído.