El alcalde de Antofagasta, Jonathan Velásquez, enfrenta una demanda por acoso sexual y laboral presentada por una funcionaria municipal. La denuncia, interpuesta la semana pasada por el estudio de abogados Gajardo & Garate Laboristas Asociados, ha generado revuelo, y ha llevado a la Ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, a pronunciarse sobre el caso en su reciente visita a la región.
La acción judicial, según se ha informado, incluye pruebas que apuntarían a comportamientos inapropiados del alcalde, como mensajes, fotos, y invitaciones a conciertos y viajes a Santiago en contextos laborales no justificados, los cuales, de acuerdo a la denuncia, serían constitutivos de acoso.
Consultada por Diario Regionalista (cuya entrevista en extenso se podrá leer este jueves en la sección «Énfasis Regional»), sobre la aplicación de la Ley Karin en este caso, la Ministra Orellana fue enfática en su respuesta: «A partir de los casos conocidos de los alcaldes en la Araucanía, cada vez más mujeres se han ido atreviendo a denunciar a alcaldes y concejales, y queremos que sepan que a partir de la vigencia de la ley, desde el primero de agosto, hay un mecanismo de reclamación y esto se puede resolver también ante el Tribunal Electoral Regional», indicó.
Orellana subrayó la importancia de esta nueva herramienta legal: «La experiencia que tuvimos en la Araucanía nosotras como Ministerio, donde nuestras propias seremis fueron a señalarle a los concejales que había condenas por delitos sexuales, en algunos casos y que se seguía ejerciendo el cargo, era inaceptable. Y, sin embargo, no se daban los votos para la destitución. Y, ahora, con la ley Karin, solo basta un concejal que acuda al Tribunal Electoral Regional», destacó.
Al ser consultada específicamente sobre la denuncia contra el alcalde Velásquez y la posibilidad de aplicar la Ley Karin, la Ministra fue clara: «Así es, si se denunció desde el primero de agosto y se refiere a hechos ocurridos en ese sentido, se puede utilizar la ley Karin y solo basta la existencia del sumario contra la autoridad y la voluntad de un concejal, porque tal como hemos dejado en claro, la violencia de género infringe el principio de la probidad administrativa que es la base de la confianza en una autoridad», concluyó.