El máximo tribunal del país revocó el fallo de la Corte de Apelaciones que rechazó el amparo interpuesto por la Defensoría y calificó la medida de traslado como ilegal y desproporcionada.
Después del fallo adverso que recibió la Defensoría Regional de Antofagasta por parte de la Corte de Apelaciones frente al amparo que buscaba dejar sin efecto el traslado de 51 hombres desde el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Nudo Uribe hacia distintas ciudades del país, la Unidad de Estudios y el equipo penitenciario no bajó los brazos y recurrió de apelación a la Corte Suprema.
La medida de traslado fue adoptada el 29 de septiembre por Gendarmería en el marco del denominado “Plan de descongestionamiento del C.C.P. de Antofagasta” y dispuso la salida, sin previo aviso, de personas condenadas de distintos módulos y se les distribuyó en centros penales de las regiones de Coquimbo, Bío-Bío, Los Lagos y Los Ríos.
Al concurrir a la visita habitual, los familiares de los 51 internos trasladados se encontraron con la noticia y alertaron a los defensores penitenciarios, quienes reunieron la información y elevaron los antecedentes a la Unidad de Estudios Regional, que de inmediato trabajó en un recurso de amparo que fue visto y rechazado por la Corte de Apelaciones local.
Sin embargo, la Unidad de Estudios en conjunto con la defensa penitenciaria decidió seguir adelante e interpuso un recurso ante la Corte Suprema, en el que se expuso la compleja situación que reviste esta decisión de Gendarmería, no sólo por el desarraigo que provoca para los condenados el distanciarlos de su familia, sino además por tratarse de una medida arbitraria, dado que la mayoría de los trasladados contaban con informes favorables de conducta y no tenían sanciones al interior del penal de Nudo Uribe.
Frente a estas alegaciones, los Ministros de la Corte Suprema revocaron por unanimidad el fallo de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, acogiendo el amparo interpuesto, argumentando que la facultad de Gendarmería de Chile para disponer el traslado de los condenados exige una ponderación de las circunstancias de hecho que conducen al ejercicio de esa prerrogativa y que tales atribuciones conforman una herramienta de la autoridad que jamás puede invocarse para encubrir una actuación que prive, perturbe o amenace los derechos fundamentales de alguna persona.
Asimismo, en su fallo, los Ministros resolvieron que la medida de traslado es de carácter genérica y carece de motivos suficientes que la justifiquen, deficiencia que hace que aquella sea ilegal y, también, desproporcionada, lo que constituye motivo suficiente para dejarla sin efecto y, por tanto, acoge el recurso interpuesto por la Defensoría, disponiendo el regreso de todos los internos a la brevedad.
Al conocer el fallo, el Defensor Regional manifestó su satisfacción por el trabajo realizado por el equipo regional que estuvo siempre orientado a dar una respuesta oportuna y de calidad técnica a los internos y sus familiares.
«Es importante destacar que el fallo haciendo mención al objetivo resocializador de la labor de Gendarmería, señala que la autoridad penitenciaria no respetó el arraigo de los condenados al lugar de residencia de los familiares que contribuyen a dicho objetivo. Esta es una demostración que la Defensoría Penal Pública siempre está atenta frente a cualquier vulneración de los derechos de las personas privadas de libertad», indicó.
Por su parte, la vocera de los familiares de personas privadas de libertad en el Nudo Uribe, Claudia Gutierrez, al conocer la noticia del retorno de los trasladados, manifestó su alegría y agradecimiento a la Defensoría Regional de Antofagasta: «De verdad les agradezco todo el trabajo que hicieron en tan poco tiempo ya que hay muchas la gente no sabe todo lo que implica tener una persona privada de libertad y en este tipo de situaciones uno recobra la confianza. Gracias a todos quienes hicieron posible que estas familias vuelvan a estar unidas», manifestó.