Hasta ahora los tres principales imputados en el denominado Caso Democracia Viva o Caso Convenios, Daniel Andrade, Carlos Contreras y Paz Fuica, se encuentran cumpliendo prisión preventiva mientras se desarrolla la investigación por el delito de fraude al fisco.
Si la ex alcaldesa de Antofagasta, Karen Rojo, hubiese cumplido la misma medida cautelar, no habría aprovechado el espacio que tuvo antes de conocer el resultado definitivo del juicio en su contra por fraude al fisco, lo que hubiera imposibilitado su fuga a Países Bajos, donde permanece desde fines de marzo de 2022 a la espera del trámite de extradición.
Cabe recordar que tras este episodio, el Fiscal Nacional de la época, Jorge Abbott, decidió abrir una investigación administrativa para establecer si la Fiscalía Regional de Antofagasta tuvo algún tipo de responsabilidad en no asegurar que Karen Rojo cumpliera la pena efectiva de 5 años y un día, ratificada por la Corte Suprema.
Según pudo constatar Diario Regionalista, hasta el momento no hay resultados de dicho sumario, el que fue instruido al Fiscal Regional de Atacama, Alexis Rogat y que busca indagar los motivos por los cuales la fiscalía local y regional de Antofagasta no solicitaron medidas cautelares, como arraigo nacional, para evitar el escape de la condenada.
Al revisar el caso, es posible constatar que la última revisión de medias cautelares en el caso de Karen Rojo se realizó el 2018, cuatro años antes de la fuga de la ex edil. En esa oportunidad la Corte de Apelaciones dejó sin efecto la prohibición de salir del país que afectaba a la en ese entonces jefa comunal. Sin embargo, posteriormente la fiscalía no volvió a solicitar nuevas cautelares.
¿Por qué no se solicitó nuevamente el arraigo nacional o prisión preventiva durante los años transcurridos hasta que Karen Rojo debía cumplir pena efectiva de cárcel? Es una pregunta que nunca ha sido respondida por la fiscalía local.
Además, según consignó en su oportunidad el diario La Tercera, un experto en causas de Alta Complejidad comenta que existe una herramienta que se llama “alerta de autoridad o encargo de autoridad”, acción que sin que un tribunal dicte una medida cautelar permitiría que un fiscal o incluso la propia policía ponga una especie de “alarma” en el sistema informático del Departamento de Policía Internacional de la PDI.
Esto permite que cuando esa persona esté pasando por el control migratorio se llame a un fiscal o un policía, lo que otorgaría tiempo para que el Ministerio Público pueda pedir una orden de captura y así frustrar una posible fuga, lo que en este caso tampoco ocurrió.