Ricardo Díaz Gobernador

Profesores de derecho advierten que nueva Constitución haría inconstitucional penalización del narcotráfico

Con el paso de los días, siguen surgiendo antecedentes que exponen los riesgos que implicaría aprobar la propuesta de nueva Constitución, de cara al plebiscito del próximo 17 de diciembre.

En esta oportunidad, un grupo de profesores de Derecho de la Universidad Adolfo Ibáñez, tras un análisis de la propuesta de nuevo texto constitucional, advirtieron que la redacción de un par de artículos volvería inconstitucional la penalización del narcotráfico.

Según los académicos Antonio Bascuñán, Rodrigo Correa, Samuel Tschorne y Javier Wilenmann, la propuesta redactada principalmente por consejeros de derecha y de ultraderecha, “hace inconstitucional la penalización del narcotráfico. Así de desconcertante es la falta de cordura de sus redactores”.

El planteamiento de los docentes fue expuesto en una carta al director enviada a El Mercurio, en la que cuentan que “en 1984, cuando se discutió ante el Tribunal Constitucional un proyecto de la ley sobre tráfico de estupefacientes, se planteó la cuestión de si era conforme o no a la Constitución la remisión que el proyecto hacía al reglamento para que determinara cuáles eran las sustancias estupefacientes”.

“El Tribunal observó que el anteproyecto que dio origen a la Constitución de 1980 exigía que la ley determinara ‘expresa y completamente’ el delito, pero que el texto final aprobado por la Junta de Gobierno solo exigía —como sigue haciéndolo— que lo describiera ‘expresamente»”, agregan.

Eso, según explican Bascuñán, Correa, Tschorne y Wilenmann, “permitió al Tribunal sostener que la Constitución no exige que la ley penal se baste a sí misma en todo aspecto, sino que es suficiente que describa en lo esencial la conducta delictual. Ese es el entendimiento que prima hasta el día de hoy”.

Sin embargo, de aprobarse la actual propuesta constitucional impulsada por el Partido Republicano, se exigirá que la ley penal describa la conducta “precisa y expresamente” (Art. 16 N° 8-1).

Dicho artículo asegura que “ninguna ley podrá establecer penas ni medidas de seguridad sin que la conducta que se sanciona esté precisa y expresamente descrita en ella”.

“El propósito de sus redactores es boicotear la regulación de la economía y su reforzamiento penal. Pero de paso impiden a las ordenanzas municipales imponer multas para mantener el orden público y terminan saboteando constitucionalmente la prohibición penal del narcotráfico”, concluyen.

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