Alcalde de Antofagasta tiene hasta el 6 de agosto para cumplir fallo judicial por ex vertedero La Chimba

Por Redacción Jul21,2023

16 días restan para que se cumpla el plazo ampliado que otorgó la Corte de Apelaciones de Antofagasta al alcalde Jonathan Velásquez, para el cumplimiento del fallo en relación a las quemas en el ex vertedero La Chimba.

El plazo original se venció el 1 de junio. Sin embargo, el jefe comunal no cumplió con las primeras medidas mandatadas por la justicia, por lo que se le otorgó más tiempo.

Cabe recordar que se trata de una resolución de la tercera sala de la Corte Suprema que acogió el recurso de protección en favor de un grupo de vecinos del ex vertedero La Chimba en Antofagasta, ratificando la ejecución de varias medidas concretas para abordar la problemática.

Estas son las medidas y los plazos establecidos que el municipio de Antofagasta debe cumplir:

-Presentar en un plazo de quince (15) días ante la autoridad sanitaria, un plan de cierre del ex vertedero La Chimba, que deberá cumplir todos los requisitos legales, reglamentarios y administrativos que resulten pertinentes.

-Ejecutar y terminar el Plan de Cierre en un plazo no superior a trescientos sesenta y cinco (365) días, ajustándose para ello a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y de Seguridad Básicas en los Rellenos Sanitarios (Decreto 189 del Ministerio de Salud).

-Mantener el Plan de Cierre por un período de al menos veinte (20) años, en los términos previstos en el artículo 55 del Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y de Seguridad Básicas en los Rellenos Sanitarios (Decreto 189 del Ministerio de Salud).

-Construir un cierre perimetral alrededor del emplazamiento del ex vertedero, disponer en este lugar de vigilantes o guardias de seguridad, así como el resto de los mecanismos adecuados para que no ingresen terceros a ese lugar y no se dispongan, boten o arrojen escombros o basuras en los sectores adyacentes al recinto. Estas acciones se deberán desarrollar en un plazo no superior a treinta (30) días.

-Todos los plazos a que se hace referencia deberán ser contados desde que la sentencia esté firme y ejecutoriada.

Cabe indicar que estos plazos comenzaron a regir desde el 2 de mayo del presente, fecha en que la Corte de Apelaciones emitió una resolución con el llamado “cúmplase”, luego de recibir la sentencia definitiva por parte de la Corte Suprema. Sin embargo, posteriormente se le otorgó más tiempo al alcalde Jonathan Velásquez, el que se cumple el próximo 6 de agosto.

De no cumplir nuevamente con la resolución judicial, el jefe comunal se expone a ser acusado por el delito de desacato, con la posibilidad de ser suspendido de su cargo temporalmente.

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