El tribunal acogió el recurso presentado por la Junta de Vecinos N°9 Estadio Regional y residentes del sector Parque Brasil. El fallo cuestionó que, pese a conocer durante años la situación del inmueble abandonado de Lord Cochrane N°1851, las autoridades no concretaran una respuesta material oportuna y eficaz. Ambas instituciones deberán coordinar acciones y rendir cuenta ante la Corte.
Un revés judicial enfrentaron la Municipalidad de Antofagasta y la Secretaría Regional Ministerial de Salud luego de que la Corte de Apelaciones acogiera el recurso de protección presentado por vecinos del sector Parque Brasil y calificara como ilegal y arbitraria la omisión de ambas autoridades frente a las condiciones de insalubridad que durante años se mantienen en una obra abandonada de calle Lord Cochrane N°1851.
La resolución, dictada este miércoles 19 de agosto por la Primera Sala del tribunal de alzada, estableció que, aunque ambos organismos realizaron distintas gestiones, estas no fueron oportunas ni suficientemente eficaces para conseguir una solución material al problema, caracterizado por una excavación con agua estancada y proliferación o riesgo de proliferación de vectores en pleno sector residencial.
El fallo es especialmente crítico respecto del tiempo transcurrido. En el caso del municipio, la Corte constató denuncias por agua estancada y proliferación de mosquitos desde abril de 2022, además de sucesivas notificaciones durante 2023 y 2024 y actuaciones posteriores destinadas a declarar el inmueble como propiedad abandonada.
“La omisión atribuida a las recurridas resulta ilegal, por no haberse ejercido oportunamente y con eficacia suficiente las potestades que el ordenamiento jurídico les confería para enfrentar la situación denunciada; y arbitraria, porque no aparece una justificación razonable y suficiente que explique la prolongación de tales condiciones durante años”, establece la sentencia.
La Corte desestima las justificaciones
La Municipalidad había solicitado rechazar el recurso y sostuvo que no permaneció inactiva. Entre los antecedentes entregados informó de notificaciones al propietario, infracciones derivadas a los Juzgados de Policía Local y el procedimiento administrativo destinado a declarar abandonado el inmueble.
El municipio explicó que, tras no poder determinar el domicilio de Inmobiliaria Mackenzie Limitada, propietaria del terreno, recurrió a una notificación mediante publicación en el Diario Oficial. Además, sostuvo que desde 2022 se habían cursado cinco infracciones al propietario por incumplimientos relacionados con la normativa urbanística.
La Corte reconoció que la Municipalidad no permaneció completamente inactiva, pero concluyó que esas actuaciones no fueron suficientes para descartar la omisión denunciada. El tribunal centró el análisis en determinar si las facultades existentes habían sido ejercidas con la oportunidad y eficacia necesarias para enfrentar un problema que se prolongó durante años.
Una conclusión similar adoptó respecto de la Seremi de Salud. La autoridad sanitaria informó fiscalizaciones, vigilancia vectorial y análisis de muestras, además de dificultades para ubicar al propietario y acceder al recinto.
Los análisis efectuados determinaron la presencia de Culex sp. y Culex quinquefasciatus, mientras que una muestra denunciada en un edificio cercano fue descartada como Aedes aegypti. La autoridad también informó que, tras el cambio de situación epidemiológica de Antofagasta durante mayo de 2026, correspondía avanzar en nuevas medidas de control vectorial.
Sin embargo, para la Corte estas dificultades no justificaban que las condiciones de insalubridad continuaran sin una respuesta material eficaz. La sentencia también consideró que parte de los avances administrativos se produjo durante la propia tramitación del recurso.
“El avance se produce durante la tramitación del recurso, por lo que no excluye la posibilidad de declarar la ilegalidad y arbitrariedad antes indicada, máxime cuando el problema para los vecinos persiste, siendo absolutamente necesario seguir avanzando en la solución en forma planificada”, sostuvo el tribunal.
Obra abandonada y agua estancada
El recurso fue presentado por el abogado Ignacio Barrientos, en representación de la Junta de Vecinos N°9 Estadio Regional y de residentes del sector Parque Brasil.
Según los antecedentes judiciales, el inmueble corresponde a las obras paralizadas del proyecto inmobiliario SOHO, propiedad de Inmobiliaria Mackenzie Limitada. En el terreno quedó una excavación de gran profundidad proyectada originalmente para estacionamientos subterráneos, donde se produjo una acumulación permanente de agua.
Los recurrentes denunciaron la existencia de aguas estancadas, algas y desechos, junto con la presencia de zancudos y roedores que ingresarían a viviendas y edificios cercanos.
La Junta de Vecinos sostuvo además que el problema había sido comunicado a las autoridades en distintas oportunidades. Entre los antecedentes incorporados al proceso figura una reunión realizada en enero de 2023 con representantes de la autoridad sanitaria y otra con funcionarios municipales, además de presentaciones formales efectuadas posteriormente.
Municipio y Seremi deberán actuar coordinadamente
Al acoger el recurso, la Corte ordenó a la Municipalidad de Antofagasta materializar la intervención dispuesta respecto del inmueble de Lord Cochrane N°1851, adoptando las medidas de cierre, higiene, mantención y seguridad necesarias para hacer cesar las condiciones de insalubridad.
La Seremi de Salud, en tanto, deberá determinar, disponer y fiscalizar las medidas sanitarias y de control vectorial técnicamente procedentes, además de mantener acciones de vigilancia hasta que las condiciones de riesgo sean adecuadamente controladas.
El fallo también obliga a ambas instituciones a coordinar sus actuaciones dentro de sus respectivas competencias.
“Resulta procedente disponer que ambas recurridas coordinen sus actuaciones, de modo que las medidas que adopten permitan abordar eficazmente las condiciones de insalubridad que subsistan en el inmueble”, establece la resolución.
Desde que la sentencia quede ejecutoriada, municipio y Seremi tendrán 30 días corridos para informar documentadamente a la Corte sobre las actuaciones realizadas y las fechas probables de ejecución de las medidas pendientes. Esto será sin perjuicio de aquellas acciones sanitarias o de seguridad que, por su naturaleza, deban adoptarse inmediatamente.
La decisión fue adoptada de manera unánime por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, integrada por los ministros Jasna Pavlich Núñez y Juan Opazo Lagos, junto al abogado integrante Marcelo Díaz Sanhueza, en la causa rol 1.174-2026.

