“Penas sustitutivas como la remisión condicional, reclusión parcial, libertad vigilada, libertad vigilada intensiva, entre otros, no pueden ser aplicados en casos de delitos de alta connotación pública, menos aún cuando son cometidos por altos funcionarios públicos, pues no hacen otra cosa que instalar la desconfianza y sensación de impunidad en la ciudadanía”, recalcó el parlamentario.
El senador por la región de Antofagasta, Esteban Velásquez (FRVS), presentó un proyecto que modifica la ley N°19.696 que establece el Código Procesal Penal, con la finalidad de prohibir la aplicación de salidas alternativas a los delitos de alta connotación pública, como los asociados a la corrupción, crimen organizado y fraude al fisco, principalmente cuando son cometidos por altos funcionarios públicos.
Al respecto, el parlamentario e integrante de la Comisión de Gobierno del Senado, señaló que “nos parece que el largo camino de la persecución y penas respecto a delitos de alta connotación pública, particularmente los delitos asociados a la corrupción, el crimen organizado, fraude al fisco y todas estas aristas, requieren de modificaciones, pues en algunos casos existen vacíos que afectan notablemente la persecución y castigo de estos”.
Por esta razón, explicó que “nuestro proyecto pretende modificar la Ley 18.216, ley que permite hoy día acceder a penas sustitutivas que cumpliendo ciertas circunstancias, permiten que los condenados cumplan su pena en libertad. En muchos casos acceder a estas penas que evitan la cárcel efectiva se entiende como impunidad, porque está lejos del espíritu o de la gravedad de estos delitos, pero que producto de ciertos elementos tecnócratas se mal usa este tipo de salida”.
“En definitiva, este proyecto de modificación de la Ley 18.216, lo que busca es perseguir que aquellos delitos de la más alta gravedad para la convivencia democrática del país, que afectan a bienes jurídicos esenciales como es la probidad pública y administrativa, el buen funcionamiento de la Administración del Estado, atenten contra la confianza pública y la correcta administración de justicia, no se vean afectados y para quienes los cometen, no apliquen estas penas sustitutivas. Muy por el contrario, se trata de prohibir la aplicación de la ley antes mencionada -Ley 18.216- respecto de condenados por delitos contra la Administración del Estado y que cumplan penas efectivas de cárcel”, agregó el legislador.
Velásquez puntualizó que en la ley que busca modificar “aparecen algunas sustituciones como la remisión condicional, reclusión parcial, libertad vigilada, libertad vigilada intensiva, etcétera. En muchos casos estas son salidas que no hacen otra cosa que instalar la desconfianza y sensación de impunidad en la ciudadanía, que observando que delitos de alta connotación, cuando son cometidos por altos funcionarios públicos, en algunos casos relacionados con la política, con el Estado mismo, con el gobierno de turno, con el Parlamento, con las Fuerzas Armadas, sencillamente se evita enviarlos a la cárcel después de largos procesos”.



