El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, dictó veredicto y declaró culpables a los carabineros en servicio activo Luis Arias Arellano y Julian Minio Morales, por el delito de torturas y apremios ilegítimos, cometidos en contra del menor de edad, R.A.S.Z., el 13 de abril del año 2014.
En el caso, además de la fiscalía, se hicieron parte el Instituto de Derechos Humanos y los querellantes particulares en representación de la víctima y su familia. El juicio había comenzado el 27 de mayo y concluyó hoy miércoles 5 de junio en horas de la tarde.
Este 4 de junio, Regionalista.cl publicó un reportaje con el relato de los hechos que se remontan al 13 de abril del año 2014. Ese día R.A.S.Z., de 17 años, fue detenido por personal de Carabineros en la plaza Sotomayor de la capital regional y luego fue trasladado hasta el Hospital Regional. En el centro asistencial recibió numerosas golpizas por parte del Teniente de Carabineros Luis Arias Arellano y el carabinero Julián Minio Morales.
Tras ser examinado por una doctora que le aplicó radiografías, el joven regresó al box de atención médica, donde recibió un fuerte golpe de puño en su nariz, provocando su sangrado. En ese instante regresó la doctora, quien reprochó duramente a los Carabineros: «No le pueden pegar a un menor de edad. Este es un recinto hospitalario y además el joven está esposado».
El diagnóstico fue claro y la facultativa estableció que el golpe le provocó una fractura nasal al joven. Además, los episodios de violencia quedaron consignados en el reporte: «Durante su estadía en box VE, pacientes y personal presencian acto de violencia por parte de Carabineros hacia el detenido, encontrándose este esposado. Se comunicará de la situación al jefe de turno».
Finalmente, el menor queda solo nuevamente con los funcionarios policiales, ocasión en que les pide permiso para ir al baño. Sin embargo, Arias y Minio no se lo permiten, por lo que el joven no pudo aguantar y terminó defecando y orinando en sus pantalones, en medio de las burlas de los policías.
Gracias a la intervención de la doctora, el padre del menor llegó al recinto y su hijo fue liberado. Producto de las agresiones descritas, el joven resultó con policontusiones, excoriación facial, fractura nasal, trastorno de estrés post traumático moderado y crónico y secuelas psicológicas.
El delito de torturas o apremios ilegítimos está previsto y sancionado en el Artículo N° 150 A del Código Penal. La parte querellante solicitó que se les aplique una pena de 7 años de presidio mayor en su grado mínimo e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. La lectura de la sentencia se realizará el próximo 10 de junio.
Regionalista.cl intentó obtener la versión de los imputados mediante sus equipos jurídicos. Sin embargo, una de las abogadas respondió que su defendido había guardado silencio durante el proceso y la otra defensora no respondió a las consultas.