Las diputadas Marcela Hernando (PR) y Jenny Álvarez (PS), presentaron un proyecto de ley que busca terminar con el abuso y arbitrariedad que cometen las líneas aéreas de transporte nacional, en contra de sus usuarios, al cambiar vuelos, sobrevender asientos y modificar itinerarios sin aviso previo a los pasajeros.
La iniciativa busca incluir sanciones en la ley del consumidor de hasta 500 UTM, unos 23,7 millones de pesos.
Las legisladoras explicaron que en la actualidad la Ley del Consumidor exceptúa al transporte aéreo de sanciones por faltas que cometan y afecten a sus usuarios, algo que sí está reglamentado en el transporte terrestre.
Para la diputada Hernando, quien semanalmente se traslada desde Antofagasta hasta Santiago para asistir al Congreso en Valparaíso, la aprobación de este proyecto permitiría “tener alguna herramienta para sancionar a las líneas aéreas que hacen lo que quieren al suspender y cambiar los vuelos, atropellando el derecho de las personas, ya que textualmente la ley de Derechos del Consumidor exceptúa a las líneas aéreas, lo que sí está sancionado y con multas es el transporte terrestre, sin embargo, no ocurre así en el transporte aéreo”.
Por su parte, la Presidenta de la Comisión de Transportes de la Cámara, Jenny Álvarez, que semanalmente se traslada desde la Región de Los Lagos, señaló que “hoy las personas están en la indefensión total cuando las aerolíneas toman estas decisiones unilaterales abusando y atropellando los derechos de los pasajeros”.
En Chile el uso del transporte aéreo ha tenido un alza significativa. En 2017, según
el Ministerio de Transportes, el tráfico aéreo en vuelos internacionales tuvo un alza
de un 15,8%.
Durante febrero de este año fueron transportados un total de 2.237.696 pasajeros,
de los cuales 1.236.588 fueron con destino nacional y 1.001.108 con destino u
origen internacional.
Sólo en lo que va del año 2018, 4.620.983 personas han utilizado el transporte
aéreo, lo que representa un crecimiento de un 16,3% en relación a igual período del
año anterior.
En el caso de los vuelos nacionales, el 2017 viajaron 11.597.628 de usuarios, lo que
significó un aumento del 7%, respecto del año anterior. Éstos prefirieron las
ciudades de Iquique, Antofagasta, Calama, Concepción y Puerto Montt.
Este aumento sostenido en el tiempo de usuarios de transporte aéreo no se condice
con la política de parte de las aerolíneas que transportan pasajeros nacionales, lowcost u otras que enfocan la solución de las problemáticas que afectan a los pasajeros y suceden con frecuencia como alzas injustificadas de los pasajes, sobreventa de asientos, cambios de itinerarios, destrucción de equipaje, entre otros, a respuestas propias que no pasan más allá de cambios o restitución de bienes hasta cierto número de UF.
Estos abusos permanentes motivaron a las parlamentarias a presentar esta iniciativa legislativa.
El Proyecto de ley elimina desde el inciso 2° del artículo 23 de la ley N° 19.946 la frase: “con excepción del transporte aéreo». Además, agrega al artículo 23 de la ley 19.946 el siguiente inciso 3°: “Con todo, tratándose de servicios de transporte aéreo nacional de pasajeros la sanción no podrá ser inferior a trescientas ni superior a quinientas unidades tributarias mensuales, cuando hubieren alzas injustificadas en el precio de los pasajes; sobreventa de asientos; cambios de itinerarios, siempre que no exista fuerza mayor o caso fortuito; pérdida de equipaje; destrucción del mismo; y, en general, cuando el proveedor del servicio que trata este inciso incurriere en cualquier otra conducta que perjudicare patrimonialmente al consumidor».
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