Corte condena al gobierno regional por despido ilegal y ordena reintegrar a trabajadora

Por Redacción Jun 29, 2018

La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió el recurso de protección presentado en mayo por una funcionaria a contrata del Gobierno Regional que fue despedida por la nueva administración y ordenó a la autoridad reintegrarla a sus funciones.

Se trata de una profesional que desempeñaba funciones en el Gobierno Regional de Antofagasta hace más de 3 años, siendo evaluada positivamente en sus calificaciones anuales. Sin embargo, la nueva administración de gobierno la apartó de su cargo, notificándola en el mes de abril que no continuaría en sus funciones debido a una supuesta reestructuración de su departamento.

Sin embargo, la Corte señala que quedó de manifiesto que el despido «aparece desligado de razonabilidad y apoyado en motivaciones insuficientes que no resultan idóneas para darle un fundamento de legitimidad, más aún teniendo presente que la Resolución
que puso término anticipado de designación de contrata es anterior a la Resolución que aprueba medidas de reestructuración».

De esta manera el tribunal, tras revisar el caso, decidió acoger el recurso, condenando al Gobierno Regional, representado por el Intendente Marco Díaz, al considerar el despido como «arbitrario e ilegal».

La corte ordenó dejar sin efecto la Resolución Exenta del mes de abril de 2018, que dispuso el término de los servicios antes del vencimiento de la contrata de la profesional, dictaminando que la trabajadora debe ser reincorporada a sus funciones en la calidad que tenía hasta el momento de su exoneración.

Además, se ordenó al Gobierno pagar a la recurrente la totalidad de las remuneraciones de que fue privada «durante el periodo en el que ha estado separada ilegalmente de sus funciones, considerándose éste como efectivamente trabajado».

«Asimismo el Gobierno Regional deberá dejar sin efecto la orden de cobro de remuneraciones a la recurrente por el saldo de días del mes de abril de 2018», agrega la resolución judicial.

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