<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:wfw="http://wellformedweb.org/CommentAPI/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
	xmlns:slash="http://purl.org/rss/1.0/modules/slash/"
	>

<channel>
	<title>fallo &#8211; Diario Regionalista Antofagasta</title>
	<atom:link href="https://regionalista.cl/tag/fallo/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>https://regionalista.cl</link>
	<description>Entérate de las últimas noticias de Antofagasta, Calama, Tocopilla, Taltal, San Pedro de Atacama, Ollagüe, Sierra Gorda, Mejillones y María Elena, ¡Somos tu voz en la Región de Antofagasta!</description>
	<lastBuildDate>Wed, 13 Aug 2025 23:08:27 +0000</lastBuildDate>
	<language>es</language>
	<sy:updatePeriod>
	hourly	</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>
	1	</sy:updateFrequency>
	<generator>https://wordpress.org/?v=7.1.1</generator>

<image>
	<url>https://regionalista.cl/wp-content/uploads/2025/03/cropped-Logo-Regionalista-2-32x32.jpg</url>
	<title>fallo &#8211; Diario Regionalista Antofagasta</title>
	<link>https://regionalista.cl</link>
	<width>32</width>
	<height>32</height>
</image> 
<site xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">159396608</site>	<item>
		<title>Antofagasta: Confirman multa de 72 millones a constructora Guzmán &#038; Larraín por infracción a norma de ruidos</title>
		<link>https://regionalista.cl/2025/08/antofagasta-confirman-multa-de-72-millones-a-constructora-guzman-larrain-por-infraccion-a-norma-de-ruidos/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Eshiro1]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 13 Aug 2025 23:08:25 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[ambiental]]></category>
		<category><![CDATA[Antofagasta]]></category>
		<category><![CDATA[constructora]]></category>
		<category><![CDATA[edificio]]></category>
		<category><![CDATA[fallo]]></category>
		<category><![CDATA[medioambiente]]></category>
		<category><![CDATA[norma]]></category>
		<category><![CDATA[ruidos]]></category>
		<category><![CDATA[tribunal]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://regionalista.cl/?p=192863</guid>

					<description><![CDATA[Tras el análisis de los antecedentes, el Tribunal Ambiental de Antofagasta rechazó la reclamación interpuesta...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">Tras el análisis de los antecedentes, el Tribunal Ambiental de Antofagasta rechazó la reclamación interpuesta por la constructora Guzmán y Larraín SpA. Con ello, se confirma la legalidad de la resolución de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), que desestimó el recurso de reposición presentado contra la sanción que obliga a la empresa a pagar 88 Unidades Tributaria Anuales (UTA), alrededor de 72 millones de pesos, por infracción a la norma de emisión de ruidos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La sentencia descartó las ilegalidades que denunciaba la empresa reclamante referidas al incumplimiento de plazos para tramitar el procedimiento administrativo y resolver el recurso de reposición presentado en contra de la sanción, así como a la ponderación de las circunstancias del artículo 40 de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente y el rechazo del programa de cumplimiento que fue presentado anteriormente.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En este sentido, el fallo determina que el plazo de 30 días para la resolución del recurso de reposición no es fatal y su incumplimiento no acarrea la nulidad del acto administrativo. También se establece que la sola extensión excesiva del procedimiento administrativo no constituye una situación de imposibilidad material para su continuación, en tanto su aplicación requiere de un cambio en los supuestos fácticos y/o jurídicos que tenga como consecuencia que la potestad sancionadora ha perdido su objeto. </p>



<p class="wp-block-paragraph">Destaca el fallo que la potestad sancionadora, como instrumento de gestión ambiental, mantiene su eficacia aún cuando el procedimiento administrativo sea extenso, siempre que persistan los hechos y fines que la motivaron, sin que ello implique infracción al debido proceso ni a los principios de celeridad y conclusivo.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El Tribunal determinó también que la superación de las normas de calidad y emisión implica un riesgo para la salud humana y en este caso, la excedencia constatada estaba debidamente acreditada, respaldando la metodología técnica y estadística utilizada por la SMA para estimar la población afectada. Asimismo, validó el cálculo del beneficio económico obtenido por la empresa al incumplir las medidas de mitigación, considerando la fecha de referencia, la tasa de descuento y la conversión a UTA, concluyendo que dicho cálculo cumplía con el objetivo de evitar incentivos al incumplimiento.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Se destacó, además, que Guzmán &amp; Larraín SpA, con más de 39 años de experiencia en construcción, era efectivamente conocedora de las exigencias legales del sector, lo que incide en la determinación de su intencionalidad. Finalmente, se constató que la empresa incurrió en una infracción al principio de congruencia al introducir en sede judicial alegaciones no presentadas en el recurso de reposición.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Adicionalmente, la sentencia rechazó los cuestionamientos al rechazo del Programa de Cumplimiento (PdC), toda vez que dicha decisión no fue impugnada oportunamente y se encuentra firme. &nbsp;Por todos estos motivos, las alegaciones de la reclamante fueron desestimadas y la resolución de la SMA fue confirmada.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Los antecedentes del caso</strong><strong></strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">La sanción adoptada en contra de la constructora tiene origen en tres denuncias presentadas por vecinos, durante el año 2021, en las que dieron cuenta a la SMA de los ruidos molestos ocasionados durante la construcción del Edificio Barlovento.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Ante dichas denuncias, el personal fiscalizador de la SMA se constituyó, en horario diurno, en un domicilio cercano a la unidad fiscalizable, realizando dos mediciones de ruidos que arrojaron una excedencia de 12 y 16 decibeles por sobre los niveles máximos permitidos en la norma de emisión de ruidos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La constructora, en octubre de 2021, presentó un Programa de Cumplimiento con diversas medidas para abordar los incumplimientos; sin embargo, fue rechazado por la SMA por no cumplir con los criterios de idoneidad, eficacia y verificabilidad.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Así, en julio de 2022, la SMA decidió sancionar a Guzmán &amp; Larraín SpA con la multa de 88 UTM por incumplimiento a norma de emisión de ruidos. En contra de dicha resolución, la empresa presentó un recurso de reposición el cual fue rechazado en agosto de 2024. Respecto de esta última decisión la constructora reclamó judicialmente ante el Primer Tribunal Ambiental.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>El proyecto</strong><strong></strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">La unidad fiscalizable corresponde a la faena de construcción del “Edificio Barlovento Lote A3”, ubicado en avenida Ejército N° 2110, en comuna y Región de Antofagasta, cuyo titular es la empresa Constructora Guzmán y Larraín SpA. Este recinto se clasifica como “Fuente Emisora de Ruidos” por tratarse de una faena constructiva, conforme a lo establecido en el artículo 6°, numerales 12 y 13, del D.S. N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
		<post-id xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">192863</post-id>	</item>
		<item>
		<title>Revés para el fiscal regional Castro Bekios: Suprema confirma ilegalidad del pinchazo telefónico a Josefina Huneeus por ProCultura</title>
		<link>https://regionalista.cl/2025/06/reves-para-el-fiscal-regional-castro-bekios-suprema-confirma-ilegalidad-del-pinchazo-telefonico-a-josefina-huneeus-por-procultura/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Eshiro1]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 03 Jun 2025 22:27:50 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Antofagasta]]></category>
		<category><![CDATA[Corte de Apelaciones]]></category>
		<category><![CDATA[Corte Suprema]]></category>
		<category><![CDATA[escuchas]]></category>
		<category><![CDATA[fallo]]></category>
		<category><![CDATA[fiscal]]></category>
		<category><![CDATA[fiscalía]]></category>
		<category><![CDATA[ilegales]]></category>
		<category><![CDATA[justicia]]></category>
		<category><![CDATA[Procultura]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://regionalista.cl/?p=192120</guid>

					<description><![CDATA[La Corte Suprema ratificó el fallo de la Corte de Apelaciones de Antofagasta que declaró...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">La Corte Suprema ratificó el fallo de la Corte de Apelaciones de Antofagasta que declaró ilegales las interceptaciones telefónicas realizadas a la psiquiatra Josefina Huneeus Lagos en el marco del caso ProCultura. Esta decisión judicial representa un revés para el fiscal regional Juan Castro Bekios, quien lleva adelante la causa actualmente.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Mediante esta resolución, el máximo tribunal del país ordenó eliminar del expediente toda la evidencia obtenida a través de dichas escuchas, las que habían sido autorizadas durante la gestión del fiscal Patricio Cooper, entonces a cargo de la investigación.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La Corte concluyó que el Ministerio Público no justificó adecuadamente la necesidad de una medida tan invasiva como la interceptación telefónica, y enfatizó que tanto fiscales como jueces deben fundamentar rigurosamente este tipo de diligencias, atendiendo a los altos estándares legales y constitucionales. En este caso, aquello no se cumplió, comprometiendo gravemente la legalidad de la actuación persecutora.</p>



<p class="wp-block-paragraph">“El legislador exige un alto estándar de exigencias que deben cumplirse tanto por la fiscalía -para solicitarlas- como de motivación por el juez al dictar la resolución que las dispone”, plantea el fallo.</p>



<p class="wp-block-paragraph">“No cumplieron dichos estándares, por las razones que latamente se expresan en la sentencia del a-quo, y que esta Corte comparte, haciéndose por tanto innecesaria su reiteración. De ello sigue que las resoluciones impugnadas en la acción constitucional impetrada devienen en ilegales, así como la ejecución de las medidas decretadas, y no pueden servir de sustento para una persecución penal en contra de la amparada, transformándose en consecuencia en una amenaza para su libertad personal”, agrega la resolución.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
		<post-id xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">192120</post-id>	</item>
		<item>
		<title>Exalcalde Jonathan Velásquez apela a su inhabilitación por cinco años: TRICEL tendrá la última palabra</title>
		<link>https://regionalista.cl/2025/05/exalcalde-jonathan-velasquez-apela-a-su-inhabilitacion-por-cinco-anos-tricel-tendra-la-ultima-palabra/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Eshiro1]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 31 May 2025 00:34:02 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[abandono de deberes]]></category>
		<category><![CDATA[abogados]]></category>
		<category><![CDATA[Antofagasta]]></category>
		<category><![CDATA[apelación]]></category>
		<category><![CDATA[exalcalde]]></category>
		<category><![CDATA[fallo]]></category>
		<category><![CDATA[Probidad]]></category>
		<category><![CDATA[TER]]></category>
		<category><![CDATA[TRICEL]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://regionalista.cl/?p=192084</guid>

					<description><![CDATA[El exalcalde de Antofagasta, Jonathan Velásquez Ramírez, presentó oficialmente un recurso de apelación con el...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">El exalcalde de Antofagasta, Jonathan Velásquez Ramírez, presentó oficialmente un recurso de apelación con el objetivo de revertir el <a href="https://regionalista.cl/2025/05/exalcalde-jonathan-velasquez-inhabilitado-por-5-anos-ter-acogio-denuncia-por-abandono-de-deberes/">fallo del Tribunal Electoral Regional (TER) del 20 de mayo pasado que lo inhabilitó para ejercer cargos públicos durante cinco años</a>, tras acoger un requerimiento por notable abandono de deberes y contravención grave a las normas de probidad administrativa.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La apelación fue presentada dentro del plazo legal por los abogados de Velásquez, Javier Bonilla y Claudio Rivera, quienes solicitaron que el caso sea elevado al Tribunal Calificador de Elecciones (TRICEL), órgano que deberá decidir si mantiene o revoca la sentencia. </p>



<p class="wp-block-paragraph">El requerimiento contra el exalcalde fue presentado en 2024 por el exconcejal Luis Aguilera y los actuales concejales Camilo Kong, Waldo Valderrama, Ignacio Pozo, Norma Leiva y Karina Guzmán, cuya representación legal estuvo a cargo de los abogados Eladio Cuadra, Rolando Lorca y Axel Villar.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Cabe recordar que <a href="https://regionalista.cl/2025/05/la-caida-de-jonathan-velasquez-estas-son-las-11-graves-faltas-acogidas-por-el-ter-que-lo-inhabilitan-por-5-anos/">el Tribunal Electoral Regional (TER) de Antofagasta acreditó múltiples irregularidades durante la gestión del exedil</a>, entre ellas, la utilización habitual y negligente del trato directo en contratos de recolección de basura y barrido de calles, lo que vulneró principios de eficiencia y probidad. También se determinó que Velásquez modificó unilateralmente un contrato previamente aprobado por el concejo municipal, sin autorización legal, y que utilizó abogados del municipio para fines personales.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Asimismo, se confirmó negligencia en la gestión de concesiones marítimas bajo administración municipal y en el manejo contractual del local comercial ocupado por McDonald&#8217;s. El TER también acreditó que el exalcalde intervino para favorecer a terceros, firmó contratos irregulares para el Festival de Antofagasta 2023 y omitió su deber de responder solicitudes de información pública. En conjunto, estos hechos configuran un abandono de deberes y una grave contravención a la probidad administrativa.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Con esta apelación, será ahora el TRICEL el que deberá determinar el destino político de Jonathan Velásquez. Mientras tanto, su situación sigue generando debate en el escenario local, especialmente por la intención del ex jefe comunal de postular a las elecciones parlamentarias de noviembre próximo.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
		<post-id xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">192084</post-id>	</item>
		<item>
		<title>Senador Velásquez destaca fallo de la Corte de Antofagasta que declaró ilegales las escuchas telefónicas en caso ProCultura</title>
		<link>https://regionalista.cl/2025/05/senador-velasquez-destaca-fallo-de-la-corte-de-antofagasta-que-declaro-ilegales-las-escuchas-telefonicas-en-caso-procultura/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Eshiro1]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 21 May 2025 02:39:58 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Antofagasta]]></category>
		<category><![CDATA[Corte de Apelaciones]]></category>
		<category><![CDATA[fallo]]></category>
		<category><![CDATA[fiscalía]]></category>
		<category><![CDATA[ilegales]]></category>
		<category><![CDATA[Procultura]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://regionalista.cl/?p=191961</guid>

					<description><![CDATA[El legislador relevó el rol del tribunal de alzada nortino que, para restablecer el imperio...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<h4 class="wp-block-heading"><span><i class="fas fa-arrow-right"></i></span>El legislador relevó el rol del tribunal de alzada nortino que, para restablecer el imperio del derecho, declaró ilegales las escuchas telefónicas que afectaron a Josefina Hunneus, ex esposa del fundador de Procultura, Alberto Larraín. </h4>



<p class="wp-block-paragraph">El Senador por la Región de Antofagasta, Esteban Velásquez (FRVS), destacó el rol que desempeñó la Corte de Apelaciones de Antofagasta en el bullado caso ProCultura, específicamente respecto de la declaración de ilegalidad y actuaciones arbitrarias del fiscal Patricio Cooper, el Tribunal de Garantía de Antofagasta y la Policía de Investigaciones (PDI).</p>



<p class="wp-block-paragraph">“Me parece muy relevante y digno de destacar el trabajo de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que es contundente en señalar que lo que busca es restablecer el imperio del Derecho, lo que es una garantía importante en nuestro sistema democrático ante la relativización del populismo político y la irresponsabilidad de algunos sectores”, afirmó el legislador.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El fallo de la corte señaló al que hubo ilicitudes ramplonas, de manual y actuaciones arbitrarias. Incluso, la resolución comparó el desempeño policial con hechos ocurridos en tiempos de la dictadura.</p>



<p class="wp-block-paragraph">«Se trata de un fallo severo y contundente», afirmó Esteban Velásquez.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
		<post-id xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">191961</post-id>	</item>
		<item>
		<title>Duro revés para el fiscal Cooper: Declaran ilegales las escuchas telefónicas a Josefina Huneeus y llamada al Presidente Boric</title>
		<link>https://regionalista.cl/2025/05/duro-reves-para-el-fiscal-cooper-declaran-ilegales-las-escuchas-telefonicas-a-josefina-huneeus-y-llamada-al-presidente-boric/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Eshiro1]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 16 May 2025 22:51:26 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Antofagasta]]></category>
		<category><![CDATA[Apelaciones]]></category>
		<category><![CDATA[Cooper]]></category>
		<category><![CDATA[corte]]></category>
		<category><![CDATA[espionaje]]></category>
		<category><![CDATA[fallo]]></category>
		<category><![CDATA[fiscal]]></category>
		<category><![CDATA[fiscalía]]></category>
		<category><![CDATA[Interceptaciones]]></category>
		<category><![CDATA[justicia]]></category>
		<category><![CDATA[Procultura]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://regionalista.cl/?p=191913</guid>

					<description><![CDATA[La Corte de Apelaciones de Antofagasta asestó un duro golpe al polémico fiscal Patricio Cooper,...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">La Corte de Apelaciones de Antofagasta asestó un duro golpe al polémico fiscal Patricio Cooper, al declarar ilegales las interceptaciones telefónicas solicitadas por la Fiscalía Regional de Coquimbo en el marco del Caso ProCultura. Una de las principales afectadas por estas escuchas fue Josefina Huneeus Lagos, testigo en la causa, cuyo número fue intervenido de manera irregular. Entre las conversaciones interceptadas figura una llamada privada con el Presidente Gabriel Boric, lo que elevó aún más la gravedad del caso.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La resolución judicial acogió un recurso de amparo interpuesto por la defensa de Huneeus, estableciendo que las resoluciones que autorizaron y renovaron las interceptaciones -dictadas por la jueza de garantía Sissi Bertoglio- carecían de los requisitos constitucionales y legales mínimos, ya que no existían sospechas fundadas en contra de la afectada. La Corte calificó la actuación del Ministerio Público como arbitraria e ilegal.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Según se detalló, el teléfono de Huneeus fue interceptado por error, al ser confundido con el de su ex pareja, el imputado Alberto Larraín. Sin embargo, lo más preocupante es que, una vez identificado el equívoco, la Fiscalía optó por mantener la escucha sobre su número, lo que refuerza las críticas hacia una persecución judicial desproporcionada y carente de controles efectivos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Uno de los elementos más sensibles revelados en la audiencia fue la interceptación de una llamada entre Huneeus y el Presidente Gabriel Boric, registrada el 14 de octubre de 2024. Según consta en los antecedentes, el fiscal Cooper incluso evaluó solicitar la interceptación directa del teléfono del mandatario, una decisión que finalmente no prosperó.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Este fallo representa un serio cuestionamiento al actuar del fiscal Cooper, cuya figura ya era objeto de críticas por su conducción de causas complejas. El caso abre un debate urgente sobre los límites del poder investigativo y la necesidad de mayor control judicial ante intervenciones que vulneran derechos fundamentales.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La resolución plantea que «el requerimiento formulado por el acusador institucional para solicitar la interceptación de las comunicaciones de la amparada, no dio cumplimiento a los imperativos que impone el artículo 222 del Código Procesal Penal».</p>



<p class="wp-block-paragraph">«Si bien da cuenta de una serie de presupuestos fácticos que eventualmente podrían resultar constitutivos de los delitos de fraude al Fisco y lavado de activos, no es menos efectivo, que nada se indica allí con relación a cuáles serían ‘los hechos determinados’ sobre cuya base el persecutor pretende tener por acreditada la concurrencia de ‘fundadas sospechas’ de que la amparada ‘ha cometido o participado en la preparación o comisión, o que se preparaba actualmente en la comisión o participación en un delito'», indica el fallo.</p>



<p class="wp-block-paragraph">«Conforme el mérito de los antecedentes, y los razonamientos previos, en la especie no solo se ha infringido la obligación general de fundamentación que ordena el artículo 36 del Código Procesal Penal y todos y cada uno de los requisitos y obligaciones que impone el artículo 222 del mismo texto legal, sino que se han validado actuaciones policiales al amparo de quien dirige la investigación, propias de tiempos pretéritos de la República, donde las garantías fundamentales de los ciudadanos eran vulnerados por agentes del propio Estado», agrega el documento.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Por lo anterior, la Corte de Apelaciones de Antofagasta resolvió que «SE ACOGE el recurso de amparo interpuesto por los abogados ALEJANDRO AWAD CHERIT y MIGUEL SCHÜRMANN OPAZO, en favor de JOSEFINA HUNEEUS LAGOS, en contra de las resoluciones dictadas con fecha 16 de octubre de 2024, 6 de diciembre de 2024 y 10 de febrero de 2025; en consecuencia, se dejan sin efecto las mismas, pronunciadas en el proceso penal RIT 11087-2023 (RUC 2301350718-K) del Juzgado de Garantía de Antofagasta, solo en lo que concierne a la amparada, declarándose asimismo la ilegalidad de las referidas decisiones jurisdiccionales, como también de todas las diligencias y resoluciones que de ellas se derivaron, con sus respectivos resultados, disponiéndose la eliminación en la investigación fiscal de todo lo obtenido en base a los actos cuya ilegalidad acaba de declararse».</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
		<post-id xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">191913</post-id>	</item>
		<item>
		<title>TER deja en acuerdo causa contra exalcalde Jonathan Velásquez: Arriesga 5 años de inhabilidad</title>
		<link>https://regionalista.cl/2025/05/ter-deja-en-acuerdo-causa-contra-exalcalde-jonathan-velasquez-arriesga-5-anos-de-inhabilidad/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Eshiro1]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 06 May 2025 22:07:15 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[acusación]]></category>
		<category><![CDATA[Antofagasta]]></category>
		<category><![CDATA[candidatura]]></category>
		<category><![CDATA[electoral]]></category>
		<category><![CDATA[exalcalde]]></category>
		<category><![CDATA[fallo]]></category>
		<category><![CDATA[inhabilidad]]></category>
		<category><![CDATA[Jonathan Velásquez]]></category>
		<category><![CDATA[Probidad]]></category>
		<category><![CDATA[TER]]></category>
		<category><![CDATA[tribunal]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://regionalista.cl/?p=191778</guid>

					<description><![CDATA[La causa contra el exalcalde Jonathan Velásquez quedó en acuerdo en el Tribunal Electoral Regional...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">La causa contra el exalcalde Jonathan Velásquez quedó en acuerdo en el Tribunal Electoral Regional (TER) de Antofagasta, donde enfrenta una acusación por notable abandono de deberes y grave contravención al principio de probidad administrativa. La acción fue presentada en marzo de 2024 por seis concejales de la comuna, quienes denunciaron diversas irregularidades ocurridas durante su administración.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Según consta en la resolución emitida el pasado 2 de mayo, el tribunal -integrado por el ministro suplente Juan Opazo Lagos y las integrantes Ana Karestinos Luna y Fabiola Rivero Rojas- concluyó la etapa de revisión del caso y dejó en acuerdo su resolución, lo que significa que el fallo ya está siendo redactado.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Aunque Velásquez ya perdió su intento de reelección en las elecciones municipales de 2024, una sentencia condenatoria podría inhabilitarlo por cinco años para ejercer cargos públicos, impidiendo así una posible candidatura a diputado en los comicios parlamentarios de noviembre próximo.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En la última audiencia del proceso, realizada a fines de marzo, se expusieron quince hechos que, a juicio de los reclamantes, configuran incumplimientos graves. Entre ellos destacan las irregularidades en contratos por trato directo en los servicios de recolección de basura y barrido de calles, el caso del exvertedero La Chimba y el uso indebido de abogados municipales para defender una causa personal del exalcalde.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La acusación fue presentada el año pasado por los concejales Camilo Kong (CS), Luis Aguilera (ex RN), Ignacio Pozo (PR), Waldo Valderrama (PC), Norma Leiva (PS) y Karina Guzmán (FRVS). El requerimiento, de más de 100 páginas, fue declarado admisible por el TER en abril de 2024, dando paso a un proceso que podría tener repercusiones legales y políticas significativas para el futuro de Jonathan Velásquez.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Se espera que el fallo sea dado a conocer en las próximas semanas.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
		<post-id xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">191778</post-id>	</item>
		<item>
		<title>ODECU celebra fallo de la Corte de Apelaciones que valida demanda colectiva contra las Isapres por cobros excesivos</title>
		<link>https://regionalista.cl/2025/01/odecu-celebra-fallo-de-la-corte-de-apelaciones-que-valida-demanda-colectiva-contra-las-isapres-por-cobros-excesivos/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 16 Jan 2025 15:50:42 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[consumidores]]></category>
		<category><![CDATA[demanda]]></category>
		<category><![CDATA[fallo]]></category>
		<category><![CDATA[isapres]]></category>
		<category><![CDATA[justicia]]></category>
		<category><![CDATA[salud]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://regionalista.cl/?p=190100</guid>

					<description><![CDATA[La Organización de Consumidores y Usuarios de Chile (ODECU) informó que la Corte de Apelaciones...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">La Organización de Consumidores y Usuarios de Chile (ODECU) informó que la Corte de Apelaciones de Santiago ha ratificado la admisibilidad de la demanda colectiva interpuesta en contra de las Isapres Banmédica, Cruz Blanca, Consalud, Colmena Golden Cross, Vida Tres y Nueva Masvida.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Este fallo confirma que la acción colectiva presentada por ODECU es el mecanismo institucional adecuado para exigir la restitución de los cobros en exceso efectuados por las Isapres a todos sus afiliados, evitando así las miles de demandas individuales que se han interpuesto hasta el momento por las alzas de los planes de salud.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La sentencia de la Corte establece que la demanda por la restitución de los cobros excesivos, originados por la falta de disminución en los precios de las pólizas de los contratos de salud, es procedente en el marco de un juicio colectivo. Esto contradice la postura histórica de las Isapres, quienes han sostenido que la Ley de Protección al Consumidor no es aplicable en este ámbito debido a la existencia de una legislación especial.</p>



<p class="wp-block-paragraph">“Este fallo inédito valida nuestra interpretación y abre la puerta para que la jurisprudencia que respalda las restituciones a nivel individual pueda ahora beneficiar a todos los consumidores perjudicados,” afirmó Stefan Larenas Riobó, presidente de ODECU. “Es un paso crucial para proteger los derechos de los afiliados y garantizar que se les retribuya lo que corresponde por los cobros indebidos realizados por las Isapres”, agregó.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Cabe destacar que esta demanda colectiva aborda una deuda de las Isapres con sus afiliados que es distinta a la regulada por la Ley Nº 21.674, conocida como la “Ley corta de Isapres”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para más información sobre este caso y los avances legales, se puede ingresar a <a href="http://www.odecu.cl"><strong>www.odecu.cl</strong></a> o contactarte con el abogado de la demanda, Esteban Barra al número +56 9 775 89374 y al mail <a href="mailto:ebarra@bacs.cl">ebarra@bacs.cl</a>.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para conocer el fallo, <a href="https://www.odecu.cl/wp-content/uploads/2020/02/Fallo-Isapre-ene2025.pdf"><strong>ingrese aquí</strong></a></p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
		<post-id xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">190100</post-id>	</item>
		<item>
		<title>Eventual fallo del TER podría impedir candidatura a diputado del exalcalde de Antofagasta Jonathan Velásquez</title>
		<link>https://regionalista.cl/2024/12/eventual-fallo-del-ter-podria-impedir-candidatura-a-diputado-del-exalcalde-de-antofagasta-jonathan-velasquez/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 16 Dec 2024 19:01:37 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[denuncia]]></category>
		<category><![CDATA[electoral]]></category>
		<category><![CDATA[exalcalde]]></category>
		<category><![CDATA[fallo]]></category>
		<category><![CDATA[Jonathan Velásquez]]></category>
		<category><![CDATA[TER]]></category>
		<category><![CDATA[tribunal]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://regionalista.cl/?p=189539</guid>

					<description><![CDATA[Con el año 2025 a la vuelta de la esquina, las primeras proyecciones de candidaturas...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">Con el año 2025 a la vuelta de la esquina, las primeras proyecciones de candidaturas a diputado comienzan a tomar forma de cara a las elecciones de noviembre. Uno de los nombres que suena es el de Jonathan Velásquez, exalcalde de Antofagasta, quien podría aspirar a un escaño en la Cámara de Diputados y Diputadas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Sin embargo, las ambiciones políticas del ex jefe comunal podrían enfrentar un obstáculo infranqueable: un eventual fallo del Tribunal Electoral Regional (TER) que lo inhabilitaría para ejercer cargos públicos, lo que le impediría formalizar su candidatura y truncaría sus planes de regresar a la arena política.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Cabe recordar que, <a href="https://regionalista.cl/2024/04/ter-acoge-a-tramite-requerimiento-por-abandono-de-deberes-contra-alcalde-de-antofagasta/" title="">en abril de este año, el Tribunal Electoral Regional (TER) admitió a trámite la solicitud presentada por seis concejales</a>, quienes exigían el cese de funciones del entonces alcalde de Antofagasta, Jonathan Velásquez, acusándolo de notable abandono de deberes y de incurrir en una grave contravención al principio de probidad administrativa.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El documento con el que se sustenta la acusación contiene 100 páginas donde se detallan 15 casos, dentro de los cuales destaca la situación del ex vertedero «La Chimba», además de los contratos celebrados vía trato directo en relación a la concesión de servicios de recolección de residuos sólidos domiciliarios y barrido de calles, entre otros puntos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La presentación fue firmada por los concejales reelectos Camilo Kong (CS), Ignacio Pozo (P. Radical), Waldo Valderrama (PC), Norma Leiva (PS) y Karina Guzmán (FRVS), además del exconcejal Luis Aguilera (Ex RN).</p>



<p class="wp-block-paragraph">Luego de la revisión de los antecedentes entregados y la presentación de los testigos de ambas partes (realizada en septiembre), se espera que el Tribunal Electoral Regional (TER) de Antofagasta emita una resolución en las próximas semanas o meses. En caso de que el requerimiento sea acogido, existe una alta probabilidad de que Jonathan Velásquez quede inhabilitado para postular a cargos públicos durante los próximos cinco años, lo que pondría fin a sus aspiraciones parlamentarias.</p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
		<post-id xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">189539</post-id>	</item>
		<item>
		<title>Organizaciones acusan que Tribunal Ambiental de Antofagasta «excedió sus atribuciones» en fallo que favorece a minera Dominga</title>
		<link>https://regionalista.cl/2024/12/organizaciones-acusan-que-tribunal-ambiental-de-antofagasta-excedio-sus-atribuciones-en-fallo-que-favorece-a-minera-dominga/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Redacción]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 10 Dec 2024 13:59:22 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[ambiental]]></category>
		<category><![CDATA[críticas]]></category>
		<category><![CDATA[Dominga]]></category>
		<category><![CDATA[fallo]]></category>
		<category><![CDATA[medio ambiente]]></category>
		<category><![CDATA[minera]]></category>
		<category><![CDATA[tribunal]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://regionalista.cl/?p=189437</guid>

					<description><![CDATA[Alianza Humboldt, agrupación que reúne a organizaciones de la sociedad civil a nivel nacional, junto...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph"><strong>Alianza Humboldt, agrupación que reúne a organizaciones de la sociedad civil a nivel nacional, junto a las comunidades locales, anuncian que impugnarán el fallo ante la Corte Suprema</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">En una inédita sentencia, el Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta acogió la reclamación presentada por Andes Iron, empresa titular de Dominga, y ordenó al Comité de Ministros votar nuevamente el proyecto minero portuario, poniéndole una serie de condiciones que -en opinión de organizaciones ambientalistas- «exceden sus atribuciones».</p>



<p class="wp-block-paragraph">“Nos parece que esta sentencia contiene claras ilegalidades, el Tribunal ha excedido sus facultades de manera notoria. No aprueban directamente el proyecto, pero hacen una orden detallada para forzar la voluntad del Comité de Ministros, lo que en la práctica es lo mismo y una evidente vulneración de la ley”, aseveró Ezio Costa, director ejecutivo de la organización FIMA. </p>



<p class="wp-block-paragraph">“El tribunal ambiental olvida su rol que es el de revisar si las decisiones que ha tomado el Comité de Ministros están dentro de la legalidad o no y, en su lugar, pretende que la forma en que el propio tribunal analiza los antecedentes técnicos es la forma correcta, eso es inadecuado y es un incumplimiento directo de la ley 20.600 que crea los tribunales ambientales. Esperamos que la Corte Suprema conozca y finalmente anule”, agregó el abogado que representa a la organización de conservación marina Oceana en el litigio.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La sentencia establece que en un plazo máximo de 15 días, el Comité de Ministros debe emitir una nueva resolución sobre el proyecto Dominga “considerando que se presentaron antecedentes suficientes y se evaluaron correctamente los impactos asociados a las emisiones de MPS, a los recursos hídricos, a las AMERB, al medio marino, al valor turístico y al efecto sinérgico entre los proyectos Dominga y Puerto Cruz Grande”, además de “dictarse con una integración de ministros que no se encuentren afectos a situaciones que comprometan su imparcialidad y probidad administrativa”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Desde Alianza Humboldt criticaron la sentencia y la directora ejecutiva de Oceana en Chile, Liesbeth van der Meer, afirmó que “el tribunal cuestiona la probidad de los ministros y ministras que rechazaron el proyecto, una afirmación osada y que está fuera de sus atribuciones”. </p>



<p class="wp-block-paragraph">“Si entramos en el terreno de la probidad, hubiera sido bueno que el tribunal se pronunciara entonces sobre los múltiples casos en los que el proyecto Dominga se ha visto envuelto precisamente por conflictos de interés y corrupción”, añadió. </p>



<p class="wp-block-paragraph">Alejandra Donoso, directora de Defensoría Ambiental, parte de Alianza Humboldt, aseguró que “nos preocupa la decisión del tribunal ambiental, creemos que se equivoca en varios de sus argumentos y, en consecuencia, deja en desprotección al ecosistema del archipiélago de Humboldt y a las actividades económicas sustentables que las comunidades que allí habitan realizan desde tiempos inmemoriales”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">“Vamos a presentar las acciones correspondientes ante la Corte Suprema para solicitarle que revise la decisión del tribunal ambiental de Antofagasta, que lamentablemente no se ajusta a derecho”, agregó la abogada representante de las comunidades locales que se oponen al proyecto minero portuario de Andes Iron.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Dominga: Una historia sin fin</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">En 2013, el proyecto minero portuario Dominga, que consiste en dos minas a rajo abierto, un mega puerto, una planta desaladora, un depósito de relaves para la extracción de hierro y concentrado de cobre en un periodo de 22 años, entró a evaluación ambiental. </p>



<p class="wp-block-paragraph">En 2017, tanto la Comisión de Evaluación Ambiental de Coquimbo como el Comité de Ministros, definieron el rechazo del proyecto minero portuario de Andes Iron, argumentando que éste presentaba una deficiente línea de base del medio marino, subestimaba su área de influencia y no caracterizaba las rutas de navegación, poniendo en riesgo uno de los ecosistemas marinos más biodiversos de toda la corriente de Humboldt y donde, recordemos, se creó la reciente área marina costera protegida de múltiples usos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Desde entonces, la empresa Andes Iron decidió buscar la aprobación del proyecto por vías judiciales, las que hasta ahora han fracasado. De hecho, Dominga ha sido rechazada dos veces por el Comité de Ministros, y en dos oportunidades la Corte Suprema ha revisado las sentencias del Tribunal Ambiental; la primera vez, estableció que el rechazo entregado al proyecto en 2017 fue legal, al contrario de lo que proponía la empresa, y ordenó al Tribunal Ambiental referirse a los aspectos técnicos que motivaron ese rechazo. </p>



<p class="wp-block-paragraph">En la segunda oportunidad, la Suprema determinó que el caso debía resolverse a nivel administrativo, es decir, dejó la decisión en el Comité de Ministros, instancia que rechazó por segunda vez el proyecto Dominga, resolución ante la cual la empresa volvió a apelar ante el Primer Tribunal Ambiental, cuya resolución se da a conocer ahora.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Frente a este nuevo escenario de incertidumbre son nuevamente las comunidades locales las más afectadas. Rodrigo Flores, presidente de la Mesa Consultiva del Archipiélago de Humboldt afirmó que no hay apoyo para la minera en la comunidad. </p>



<p class="wp-block-paragraph">“Nosotros llevamos décadas trabajando en un turismo sostenible y en nuestras áreas de manejo, tenemos una economía local que va de la mano con la protección del medio ambiente, y no estamos dispuestos a que se destruya todo lo que hemos construido en este territorio”, afirmó Flores.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Por su parte, desde del Movimiento en Defensa del Medioambiente (Modema), aseguraron que, pese a todo el tiempo de lucha por la defensa de esta área, continuarán trabajando por frenar la iniciativa de Andes Iron.</p>



<p class="wp-block-paragraph">“Por años hemos sido testigos de las irregularidades de Dominga en nuestra comuna, intentando comprarse a la gente por medio de regalías. Dominga es parte de los casos de corrupción más bullados del último tiempo en Chile, y no es posible que se le deje la puerta abierta en una zona que, además, tiene un valor ambiental reconocido a nivel mundial”, señaló Carolina Bahamondes, presidenta de Modema, una de las agrupaciones locales que son parte de Alianza Humboldt.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
		<post-id xmlns="com-wordpress:feed-additions:1">189437</post-id>	</item>
	</channel>
</rss>
