Presidio perpetuo para tocopillano por robo con homicidio

Por Redacción Ago 17, 2018

El fiscal de Tocopilla, Andrés Godoy Rojas, obtuvo una sentencia de presidio perpetuo simple en contra de un sujeto de 21 años, a quien el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, encontró culpable de un delito de robo con homicidio. En tanto, otro joven de 19 años fue condenado por el mismo delito a sufrir una pena privativa de libertad de 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo.

Los hechos por los que acusó el fiscal Godoy Rojas, dan cuenta que el día 5 de enero del año 2017, alrededor de las 06:00 horas de la madrugada, los imputados, previamente concertados, concurrieron con la finalidad de sustraer especies, al domicilio de la víctima, un adulto mayor de 60 años de edad, domiciliado en calle San Felipe de Tocopilla, para lo cual ingresaron al interior del inmueble.

Al ingresar al domicilio, se produjo un enfrentamiento con la víctima, la que fue violentamente agredida con golpes en diferentes partes del cuerpo por uno de los condenados, quedando inconsciente en el piso de la casa, sangrando de su cabeza. Posteriormente, el agresor procedió a amarrarlo de pies y manos, colocándole un paño de cocina con nudos en ambos extremos de su cuello, ello mientras el otro acusado miraba lo sucedido y se encontraba en la puerta de la casa para avisar de la presencia de terceros.

Una vez que la víctima se encontraba reducida, los imputados procedieron a registrar la casa, abriendo cajones y muebles en búsqueda de especies de valor, sustrayendo dos televisores con los cuales se dan a la fuga.

Como consecuencia de la agresión, la víctima falleció en el Hospital Regional de Antofagasta el día 6 de enero de 2017, siendo la causa de muerte un traumatismo craneoencefálico por aplicación de fuerza contusiva directa sobre la cabeza, lesiones vitales, de tipo homicida.

A juicio de la Fiscalía tocopillana, los hechos descritos configuran el delito consumado de robo con homicidio, previsto y sancionado en el Código Penal, atribuyéndoles a los acusados la calidad de autores.

Durante el juicio, ambos imputados hicieron uso de su derecho legal a guardar silencio.

El fiscal acusador presentó prueba consistente en testimonio de policías de Carabineros y la PDI que intervinieron en las distintas fases de la investigación, además de peritos planimetristas, legistas y criminalistas, lo cual llevó a los sentenciadores a dar por acreditado, tanto el delito como la participación que en el mismo correspondió a ambos acusados.

Atendida la extensión de las penas aplicadas, no se concedieron beneficios sustitutivos a ninguno de los dos acusados.

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