Plebiscito 2020: ¿Cuáles son las diferencias entre Convención Constitucional y Convención Mixta?

Por Valeria Pizarro Coo Sep 29, 2020

El 25 de septiembre comenzó la franja electoral para aprobar o rechazar una Nueva Constitución. En el caso de que se acepte el cambio, en la misma consulta se decidirá quiénes redactarán la nueva carta fundamental de Chile.

A menos de un mes del plebiscito por una Nueva Constitución este 25 de octubre, aún surgen dudas sobre la consulta, en donde se harán dos preguntas: ¿Quiere usted una Nueva Constitución? y ¿Qué tipo de órgano debiera redactar la nueva Constitución? Es esta última interrogante la que aún confunde a parte de los 14 millones de personas que están aptas para sufragar. Aquí te explicamos en qué se diferencian.

En la primera papeleta se le preguntará al votante si «Aprueba’» o «Rechaza» la redacción de una nueva constitución. Esta es la pregunta principal y más publicitada por los partidos políticos, organizaciones sociales y ciudadanos independientes. La segunda papeleta propone elegir el órgano que redactará el texto si se llegase a aprobar el cambio de este, presentando a la «Convención Constitucional» y «Convención Mixta Constitucional» como las opciones.

Convención Constitucional

La opción de «Convención Constitucional» plantea dejar la elección de los constituyentes 100% a decisión de los votantes, proceso que se llevará a cabo en abril del 2021. Este grupo constará de 155 personas, velando por la paridad de género, evitando la monopolización masculina de la redacción de la nueva Carta Magna del país.

Esta futura elección tiene sus requisitos. Por ejemplo, si se trata de una persona que ya ejerce un cargo público, deberá renunciar a este para poder postular, inhabilitándolo por un año a cualquier tipo de elección popular luego de la realización de la nueva constitución. Esta persona recibirá una remuneración de $2,5 millones de pesos mientras dure la redacción del texto.

Convención Mixta

La «Convención Mixta Constitucional» propone que la nueva constitución sea redactada por un grupo compuesto un 50% por parlamentarios en ejercicio designados y un 50% por personas electas por la ciudadanía. Serán 172 integrantes en total, por lo que 86 serán miembros de las dos cámaras del actual congreso y 86 ciudadanos y ciudadanas electos para la redacción de la nueva carta fundamental. Esta opción contempla la participación de representantes de la población junto a parlamentarios en ejercicio, quienes no contarán con ninguna restricción para postularse a algún cargo público luego de la realización de la nueva constitución.

Esta opción no ha estado exenta de polémicas, ya que, en términos de paridad de género, esta solo aplicaría para los ciudadanos electos democráticamente a nivel país, no así para los parlamentarios, por lo que no se garantiza la equidad en el proceso constituyente. En términos económicos, los constituyentes electos recibirán la misma remuneración que en la Convención Constitucional, mientras que los parlamentarios además de recibir las ganancias que compromete la redacción de una nueva constitución, seguirán recibiendo su asignación normal como miembros de la cámara a la que pertenezcan.

Para poder votar en el próximo plebiscito, puedes consultar tu mesa y local de votación en servel.cl, llevar tu cédula de identidad el día 25 de octubre, lápiz pasta azul, mascarilla y alcohol gel, siempre resguardando la distancia física, en medio de la pandemia por COVID 19.

Related Post