Corte Suprema confirma que CMDS deberá devolver dinero pagado al cuñado de la alcaldesa de Antofagasta

Por Redacción Oct 25, 2018

La Corte Suprema confirmó la resolución de la Corte de Apelaciones de Antofagasta que en un fallo del mes de julio había rechazado el recurso de protección interpuesto por la Corporación Municipal de Desarrollo Social (Cmds) en contra del Servicio de Salud, lo que obliga a la Corporación a proceder a la restitución de $43.477.604 millones por gastos no acreditados de servicios de mantención y reparación de sillones dentales.

Cabe recordar que el llamado «caso cuñado» salió a la luz tras una denuncia del portal regional Timeline, medio que reveló que a sólo tres meses de que la alcaldesa de Antofagasta Karen Rojo asumiera su cargo en diciembre de 2012, su cuñado Flavio Carrasco creó la empresa CYR, adjudicándose el servicio de mantención de los equipos dentales de la Corporación.

Carrasco sería el esposo de Daniella Rojo (hermana de la autoridad) y prestó los mismos servicios para la Cmds entre 2010 y 2012, pero a través de la empresa FCG Servicios. En febrero de 2013 -ya con Rojo en la alcaldía- constituyó la firma CYR y postuló a la nueva licitación, que terminó adjudicándose, por el servicio de mantención de sillones dentales.

En fallo confirmado por la Corte Suprema desestimó la acción cautelar tras establecer que el Servicio de Salud de Antofagasta actuó en cumplimiento de una solicitud de la Contraloría General de la República al exigir la restitución de los dineros públicos.

“La solicitud de restitución de fondos por gastos no acreditados, proviene a propósito de una investigación sobre seguimiento de informe final de investigación especial realizado por la Contraloría General de la República, por lo que la decisión del director del servicio de Salud de Antofagasta, no es más que el corolario del cumplimiento de lo pedido por el órgano contralor, sin que pueda desprenderse que el Ordinario en referencia se haya dictado producto de una arbitrariedad o ilegalidad, razón suficiente para desestimar el recurso de protección”, indicó el fallo del mes de julio y que fue confirmado por la Corte Suprema.

“La resolución aludida no es coercitiva, haciéndose presente que el artículo 31 sobre la Resolución N° 30 del año 2015, que fija Normas de Procedimientos Sobre Rendición de Cuentas, dispone que las rendiciones no presentadas o no aprobadas por el otorgante, o aquellas observadas por la Contraloría General, generarán la obligación de restituir los recursos no rendidos, objetados o no ejecutados, sin perjuicio de las responsabilidades y sanciones que determine la ley, por lo que se solicita la restitución de fondos por gastos no acreditados, es decir, no constituye una orden perentoria sino solo el cumplimiento de lo resuelto en un proceso de fiscalización respecto de la cual la Corporación estaba en conocimiento desde sus inicios”, agrega.

El “caso cuñado” se suma al “caso asesor” y al “caso cementerio”, tres aristas que mantienen a la alcaldesa de Antofagasta, Karen Rojo, en una complicada situación judicial.

Estos nuevos antecedentes podrían permitir reabrir el llamado «caso cuñado», causa que se encuentra temporalmente archivada por la fiscalía local.

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