Condenan nuevamente a Minera Escondida por prácticas antisindicales

Por Redacción Jul 8, 2021

El Sindicato N°1 de Trabajadores de Minera Escondida, mediante un comunicado, confirmó que la minera del grupo BHP fue condenada nuevamente por distintos casos de prácticas antisindicales. Se trata de dos fallos judiciales, uno de la Corte Suprema que ratifica una sentencia previa de la Corte de Apelaciones, además de una resolución del Juzgado del Trabajo de Antofagasta.

«El año 2018 un socio de nuestro sindicato fue injustificadamente despedido por emitir comentarios en un WhatsApp privado, cuestionando la conformación de un sindicato pro empresa, dando lugar dicho despido a una demanda por despido antisindical y por vulneración al derecho a la privacidad de las comunicaciones», indica el comunicado.

Tras esa demanda, la Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió la denuncia, condenando a Minera Escondida por práctica antisindical y resolviendo reincorporar al trabajador despedido, además de ordenar el pago de todas sus remuneraciones y beneficios entre la fecha del despido y su efectiva reincorporación. Además, se impuso una multa de 100 UTM.

La empresa llegó hasta la Corte Suprema, máximo tribunal que rechazó finalmente el viernes 2 de julio el recurso interpuesto por la minera, quedando a firme la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones.

«A esta sentencia se suma el reciente fallo del Juzgado de Trabajo de Antofagasta, que nuevamente condenó por práctica antisindical a la empresa por haber afectado a nuestra organización, por haber concedido beneficios sin justificación a otra organización sindical en desmedro de nuestra libertad sindical», agregaron desde el Sindicato.

«Reconocemos la inclaudicable lucha de nuestro compañero y expresamos nuestra satisfacción con el resultado de esta denuncia, por ser una medida justa que sanciona la evidente arbitrariedad en la que incurrió Minera Escondida, al defender la conformación de un sindicato más favorable para ella, estableciendo la sentencia condenatoria además un precedente relevante en la protección de las comunicaciones privadas de los trabajadores», concluyeron.

Related Post