Condenan a Minera Spence al pago de 50 millones tras grave accidente laboral

Por Redacción Mar 9, 2018

El Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta condenó a la empresa minera Spence al pago de una indemnización de 50 millones de pesos por daño moral, tras la demanda por perjuicios interpuesta por un trabajador que sufrió un grave accidente laboral en marzo de 2017.

Así lo confirmó el dirigente sindical de la empresa, Rodrigo Araya, quien relató que estos hechos se remontan al 19 de marzo del año pasado «cuando el trabajador Mauricio Soza cayó a un pozo sumidero lleno de ácido sulfúrico, el cual no contaba con la debida malla protectora, conocida como grating. A pesar de estar con su traje de seguridad, el trabajador sufrió una serie de quemaduras del tipo A y B, en el 15% de su cuerpo, por lo que debió ser trasladado en avión ambulancia hasta Santiago donde le practicaron 5 cirugías de limpieza e injertos de piel”.

“Al momento del accidente, el trabajador estaba cumpliendo con un contrato a plazo fijo y no contaba con la capacitación que se requiere para realizar las labores que se le encomendaron. Es decir, existe un accionar negligente de parte de minera Spence , ya que no contaba con las medidas de seguridad adecuadas y no realizó la inducción del trabajador”, explicó el dirigente.

Si bien esta es una sentencia de primera instancia, se sienta un nuevo precedente laboral en relación a los accidentes en lugares de trabajo y la importancia de la seguridad y la salud de los trabajadores.

El dirigente Rodrigo Araya dijo además que “si bien hoy el trabajador se reintegró a sus labores, aún se encuentra en tratamiento kinesiológico, siquiátrico y farmacológico, entre otros procedimientos médicos a los que constantemente debe someterse. A esto debemos sumar que BHP nunca consideró el hecho como un accidente grave, atribuyendo al trabajador la responsabilidad en los hechos, tal como consta en sus alegatos”.

De acuerdo a lo señalado en la sentencia del  Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta “como conclusión el informe del Comité Paritario señala que existe una serie de fallas en las condiciones y ejecución de la tarea, principalmente la falta de protección del sumidero, falta de control para corregir condiciones subestándares que llevaban ya tiempo sin ser resueltas, y conforme todo lo ya expresado, efectivamente existieron una serie de negligencias imputables a la demandada, tanto en la parte estructural en cuanto a la mantención de las máquinas, principalmente la bomba y la válvula así como el grating que debía cubrir el sumidero, así como las condiciones de higiene y seguridad en cuanto al orden de dicha área, y los factores administrativos al no preparar bien al trabajador para dichas tareas ni una supervisión adecuada que ayudara a un trabajador nuevo en el área a advertir el riesgo».

Y se agrega en la sentencia que «evidentemente existió un incumplimiento al artículo 184 del Código del Trabajo, por existir varias deficiencias en las medidas adoptadas, no adoptándose varias medidas necesarias e indispensables para la seguridad de sus trabajadores del tenor de los informes referidos, puesto que de dichas medidas no aplicadas como la falta de grating, era previsible y evitable los resultados del accidente para la empresa de haberlas realizado de la forma correspondiente”.

Finalmente, el presidente del sindicato Spence, Ronald Salcedo, dijo que “acá urge que el estado chileno ratifique a la brevedad el Convenio 176 de la OIT sobre Salud y Seguridad en las minas, ya que entrega a los trabajadores facultades para evaluar y ponderar las situaciones riesgosas, procurando  salvaguardar  sus vidas».

“No se pude seguir permitiendo que las empresas continúen privilegiando la producción por sobre la seguridad. Así también creemos que es necesario desempolvar los proyectos de ley que hoy se encuentran durmiendo en el congreso y que hablan sobre la responsabilidad penal del empleador por accidente del trabajo y responsabilidad penal de las personas jurídicas ante estos mismos hechos ”, concluyó.

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