Cámara aprobó ley de cuotas para elecciones municipales, de Cores y Gobernadores Regionales

Por Redacción Jun 5, 2019

La diputada Marcela Hernando valoró la aprobación en general del proyecto de ley que busca establecer una cuota de género en las próximas elecciones municipales, de Consejeros Regionales y Gobernadores Regionales.

La iniciativa, cuya autoría es de la diputada Hernando, fue aprobada por 126 votos a favor, uno en contra y 20 abstenciones. Al respecto la parlamentaria señaló que “esperamos que siga avanzando, ahora vuelve a la comisión por algunas indicaciones, para que luego pueda continuar con su tramitación en el Senado, para que en las próximas elecciones municipales y de Cores tengamos más concejales y consejeras regionales, más alcaldesas y también gobernadoras regionales”.

Cuotas

Según señala el sitio camara.cl, el texto, que fue devuelto a la Comisión de Mujeres y Equidad de Género por haber sido objeto de indicaciones, plantea que no existe en el país ninguna regulación para asegurar la nominación de candidatas en el nivel local, manteniéndose históricamente bajos los porcentajes de mujeres en las listas de candidatos/as.

Agrega que en las últimas elecciones municipales, las candidatas a cargos de alcalde y concejal representaron el 19% y el 30,9% del total de candidaturas respectivamente y de 1.211 candidatos a alcalde, solo 231 fueron mujeres, mientras que, de 13.130 candidatos a concejal, 4.058 fueron mujeres.

En esa línea, la propuesta, analizada previamente por la Comisión de Mujeres y Equidad de Género, señala que de la totalidad de candidaturas a gobernador/a regional, consejeros/as, alcaldes/as, declaradas y ratificadas por un partido político, por un pacto de partidos, por un pacto entre un partido político e independientes o por un pacto de partidos e independientes, ni los candidatos ni las candidatas podrán superar el 50% de las candidaturas declaradas y ratificadas.

Añade que este porcentaje máximo será obligatorio y se calculará con independencia de la forma de nominación de las candidaturas.

Asimismo, dicho porcentaje será aplicable a nivel nacional a las candidaturas declaradas y ratificadas. En el caso de que las candidaturas sean impares, sostiene el proyecto, ni los hombres ni las mujeres podrán superar el 60% de las candidaturas ratificadas respectivamente a nivel nacional.

Sanciones

La infracción de lo señalado precedentemente, resalta la iniciativa, acarreará el rechazo de todas las candidaturas declaradas a gobernadores o gobernadoras regionales del partido o pacto que no haya dado cumplimiento a este requisito.

En esa línea, indica que el Consejo Directivo del Servicio Electoral, dentro de los diez días siguientes a aquel que venza el plazo para la declaración de candidaturas, deberá, mediante resolución que se publicará en el Diario Oficial, aceptar o rechazar las que hubieren sido declaradas.

Por otra parte, el documento aclara que los partidos políticos y los candidatos independientes podrán, dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la referida resolución, reclamar de ella ante el Tribunal Electoral Regional respectivo, el que deberá pronunciarse dentro del quinto día.

Por último, añade que el Tribunal Electoral Regional respectivo deberá notificar sus resoluciones al Consejo Directivo del Servicio Electoral y a los patrocinantes de los reclamos, tan pronto como las pronuncie.

Related Post