
Iniciativa ya inició su proceso de tramitación en el congreso. De ser aprobada, beneficiaría a personas que realicen labores de cuidado a menores de doce años y a personas con dependencia severa o moderada.
El seremi de Gobierno, Pablo Iriarte, junto a la seremi de la Mujer y Equidad de Género, Paulina Larrondo, se refirieron al proyecto de ley impulsado por el Gobierno, que busca incorporar el derecho a jornadas de trabajo híbridas, presencial y telemática.
El proyecto de ley incorpora el derecho a jornadas híbridas para las y los trabajadores que desempeñan labores de cuidado, con requisitos para quienes tienen el cuidado personal de un niño o niña menor de doce años y quienes tengan a su cargo el cuidado de una persona en situación de dependencia severa o moderada, no importando la edad de quien se cuida.
El proyecto de ley establece la acreditación de labores de cuidado y el derecho a jornada híbrida, que permite que toda o parte de la jornada diaria o semanal pueda ser desarrollada bajo la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, cuando la naturaleza de sus funciones lo permita.
El seremi de Gobierno, Pablo Iriarte, manifestó que “esta política no solo busca darle protección a la maternidad y paternidad, sino que conciliar la vida familiar y laboral. Esperamos que el debate se dé centrado en primer en las mujeres y en segundo lugar la posibilidad de acceder a mayores derechos, que es lo central que nos hemos propuesto como Gobierno”.
Según los datos del Instituto Nacional de Estadísticas (INE), en la región de Antofagasta son en total 130.245 mujeres fuera de la fuerza de trabajo, que declaran labores de cuidados y quehaceres domésticos para no participar de este, alcanzando un 97,3%, alejados del 2,7% que son hombres.
La seremi de la Mujer y Equidad de Género, indicó que “muchas veces las mujeres deben decidir entre la familia y trabajar, una disputa que no debería existir. Este proyecto busca zanjarlo, facilitando el acceso y la participación de las mujeres en el trabajo, por lo que se podrán establecer en acuerdo con el empleador jornadas híbridas de trabajo, ya sea de manera diaria, semanal o mensual y, en caso de no existir un acuerdo, se podrá asistir a la dirección del trabajo”.